Cuando se recurre a la demagogia, al secretismo, a la estrategia de los tiempos, a ocultar los riesgos, a ocultar parte de la verdad, la parte que sale perdiendo aunque sea minoritaria NO tengo nada claro que tenga que asumir las decisiones polémicas de una mayoría que actúan de una forma que no se ajusta a la ley, y NO me vale que se amparen en que los otros también han actuado de forma irresponsable, porque estamos hablando de diferentes niveles, atacando el primer nivel que son las leyes consensuadas. Para cambiar las leyes hay unos procesos muy bien establecidos, defiendo que si se tiene que cambiar la constitución se cambie, también sabemos que hay unos convenios como el de Venecia. http://www.venice.coe.int/webforms/documents/default.as...
COMISIÓN EUROPEA PARA LA DEMOCRACIA A TRAVÉS DEL DERECHO
(COMISIÓN DE VENECIA)
CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS SOBRE REFERENDOS adoptado por el Consejo para Elecciones Democráticas,en su 19ª reunión (Venecia, 16 de diciembre de 2006) y la Comisión de Venecia
en su 70ª sesión plenaria (Venecia, 16-17 de marzo de 2007),basado en las contribuciones de
Peter van DIJK (miembro, Holanda)
François LUCHAIRE (miembro, Andorra)
Giorgio MALINVERNI (miembro, Suiza)
http://www.venice.coe.int/webforms/documents/default.aspx?pdffile=CDL-AD(2007)008rev-spa
Repasar los puntos siguientes 8,12,21,26,30,54
8-Libertad de los electores a formarse una opinión
a. Las autoridades administrativas deben observar su deber de neutralidad (véase 1.2.2 a.), que es uno de los medios para asegurar que los electores puedan formarse una opinión libre
---
Las autoridades deben proporcionar información objetiva. Esto implica que debe estar disponible para los electores el texto presentado a referéndum y el informe explicativo, o la misma cantidad de material de campaña, tanto a favor como en contra de la propuesta, con la anticipación suficiente, según lo siguiente:
i. Deben publicarse en la gaceta oficial con suficiente antelación al día de la votación;
ii. Deben enviarse directamente a los ciudadanos y recibirse con suficiente antelación a la votación;
iii. El informe explicativo debe contener una presentación equilibrada, no sólo del punto de vista de las autoridades ejecutivas y legislativas, o de las personas que compartan dicha opinión, sino también de la opción opuesta.
e. La información arriba mencionada debe estar disponible en todos los idiomas oficiales y en los idiomas de las minorías nacionales.
f. Se deben imponer sanciones en el caso de infracciones al deber de neutralidad y a la libertad de los votantes a formarse una opinión.
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Es recomendable no estipular:
a. un quórum de participación mínima (umbral de representación, porcentaje mínimo), porque asemeja a los votantes que se abstienen a aquéllos que votan en contra de la propuesta.
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Voto libre
3.1 Libertad de los electores a formarse una opinión16
12. En el caso de las elecciones, la intervención de las autoridades en apoyo de una lista o un candidato es inaceptable: su deber de neutralidad es absoluto. La autoridad no debe usar su posición, o fondos públicos, para mantenerse en el poder, ni debe hacerlo en nombre de sus partidarios en algún otro órgano.
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3.1 Organización del referéndum por un órgano imparcial
21. Nuevamente, el hecho de que los referendos no necesariamente conllevan una división entre las líneas de los partidos, sino que pueden implicar a otros actores políticos, significa que se debe ofrecer una opción respecto a los miembros de las comisiones electorales, entre la representación equilibrada de los partidos y la de los partidarios y
opositores de la propuesta (punto II.3.1.e).
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1. El estado de derecho26. El principio del estado de derecho, que es uno de los tres pilares del Consejo de Europa, junto con la democracia y los derechos humanos,20 aplica a los referendos, tal y como acontece con todas las demás áreas. El principio de soberanía del pueblo permite que éste tome decisiones solo de acuerdo con la ley. La práctica de los referendos debe
ser permitida sólo cuando se encuentre estipulado en la Constitución o en una ley conforme a ésta, y se deben seguir las normas procesales aplicables a los referendos.
Por otro lado, los referendos deben ser organizados cuando el sistema legal lo estipule (punto I.3.2.b.i).
30. Un requisito aún más riguroso del voto libre es el respeto de la unidad de contenido. No se debe convocar a los electores a votar simultáneamente en diversas preguntas sin algún vínculo intrínseco, dado que pueden estar a favor de una y en contra de otra. Cuando la revisión de un texto cubra varios aspectos por separado, se deben formular diversas preguntas a los ciudadanos. No obstante, la revisión total de un texto, particularmente una Constitución, naturalmente no puede relacionarse únicamente con aspectos que estén estrechamente vinculados. En ese caso, el requisito de unidad de contenido no resulta aplicable. La revisión sustantiva de un texto, que incluye diversos
20 Véase el Preámbulo del Estatuto del Consejo de Europa (ETS 001).
21 CDL-AD(2005)034, párrafo 64.
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CDL-AD(2007)008rev capítulos, puede considerarse como equivalente a una revisión total; esto no significa que
los diferentes capítulos no puedan ser sometidos por separado a voto popular 22
54. Cuando un referéndum jurídicamente vinculante se refiera a una pregunta de principio o a una propuesta con formulación general, depende del Parlamento implementar la decisión del pueblo. El órgano legislativo puede obstruir, particularmente cuando sus intereses directos se ven afectados (al reducir el número de sus miembros o
sus salarios, por ejemplo). Es preferible, por lo tanto, que los referendos sobre peguntas de principios o de propuestas con formulación general, sean consultivos. Si son jurídicamente vinculantes, el proceso subsecuente, debe estar previsto en normas específicas constitucionales o legislativas. Debe ser posible apelar ante los tribunales en el caso de que el Parlamento falle en su actuar (punto III.8.b)
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El Mito del Votante Racional: Por qué las Democracias Escogen Malas Políticas es un libro del 2007 escrito por Bryan Caplan en el que desafía la noción de que los votantes son personas razonables en los cuales la sociedad puede confiar para crear leyes. Más bien, Caplan sostiene que los votantes son irracionales en la esfera política y tienen ideas sistemáticamente sesgadas acerca de la economía.
https://es.wikipedia.org/wiki/El_mito_del_votante_racional
COMISIÓN EUROPEA PARA LA DEMOCRACIA A TRAVÉS DEL DERECHO
(COMISIÓN DE VENECIA)
CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS SOBRE REFERENDOS adoptado por el Consejo para Elecciones Democráticas,en su 19ª reunión (Venecia, 16 de diciembre de 2006) y la Comisión de Venecia
en su 70ª sesión plenaria (Venecia, 16-17 de marzo de 2007),basado en las contribuciones de
Peter van DIJK (miembro, Holanda)
François LUCHAIRE (miembro, Andorra)
Giorgio MALINVERNI (miembro, Suiza)
http://www.venice.coe.int/webforms/documents/default.aspx?pdffile=CDL-AD(2007)008rev-spa
Repasar los puntos siguientes 8,12,21,26,30,54
8-Libertad de los electores a formarse una opinión
a. Las autoridades administrativas deben observar su deber de neutralidad (véase 1.2.2 a.), que es uno de los medios para asegurar que los electores puedan formarse una opinión libre
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Las autoridades deben proporcionar información objetiva. Esto implica que debe estar disponible para los electores el texto presentado a referéndum y el informe explicativo, o la misma cantidad de material de campaña, tanto a favor como en contra de la propuesta, con la anticipación suficiente, según lo siguiente:
i. Deben publicarse en la gaceta oficial con suficiente antelación al día de la votación;
ii. Deben enviarse directamente a los ciudadanos y recibirse con suficiente antelación a la votación;
iii. El informe explicativo debe contener una presentación equilibrada, no sólo del punto de vista de las autoridades ejecutivas y legislativas, o de las personas que compartan dicha opinión, sino también de la opción opuesta.
e. La información arriba mencionada debe estar disponible en todos los idiomas oficiales y en los idiomas de las minorías nacionales.
f. Se deben imponer sanciones en el caso de infracciones al deber de neutralidad y a la libertad de los votantes a formarse una opinión.
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Es recomendable no estipular:
a. un quórum de participación mínima (umbral de representación, porcentaje mínimo), porque asemeja a los votantes que se abstienen a aquéllos que votan en contra de la propuesta.
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Voto libre
3.1 Libertad de los electores a formarse una opinión16
12. En el caso de las elecciones, la intervención de las autoridades en apoyo de una lista o un candidato es inaceptable: su deber de neutralidad es absoluto. La autoridad no debe usar su posición, o fondos públicos, para mantenerse en el poder, ni debe hacerlo en nombre de sus partidarios en algún otro órgano.
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3.1 Organización del referéndum por un órgano imparcial
21. Nuevamente, el hecho de que los referendos no necesariamente conllevan una división entre las líneas de los partidos, sino que pueden implicar a otros actores políticos, significa que se debe ofrecer una opción respecto a los miembros de las comisiones electorales, entre la representación equilibrada de los partidos y la de los partidarios y
opositores de la propuesta (punto II.3.1.e).
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1. El estado de derecho26. El principio del estado de derecho, que es uno de los tres pilares del Consejo de Europa, junto con la democracia y los derechos humanos,20 aplica a los referendos, tal y como acontece con todas las demás áreas. El principio de soberanía del pueblo permite que éste tome decisiones solo de acuerdo con la ley. La práctica de los referendos debe
ser permitida sólo cuando se encuentre estipulado en la Constitución o en una ley conforme a ésta, y se deben seguir las normas procesales aplicables a los referendos.
Por otro lado, los referendos deben ser organizados cuando el sistema legal lo estipule (punto I.3.2.b.i).
30. Un requisito aún más riguroso del voto libre es el respeto de la unidad de contenido. No se debe convocar a los electores a votar simultáneamente en diversas preguntas sin algún vínculo intrínseco, dado que pueden estar a favor de una y en contra de otra. Cuando la revisión de un texto cubra varios aspectos por separado, se deben formular diversas preguntas a los ciudadanos. No obstante, la revisión total de un texto, particularmente una Constitución, naturalmente no puede relacionarse únicamente con aspectos que estén estrechamente vinculados. En ese caso, el requisito de unidad de contenido no resulta aplicable. La revisión sustantiva de un texto, que incluye diversos
20 Véase el Preámbulo del Estatuto del Consejo de Europa (ETS 001).
21 CDL-AD(2005)034, párrafo 64.
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CDL-AD(2007)008rev capítulos, puede considerarse como equivalente a una revisión total; esto no significa que
los diferentes capítulos no puedan ser sometidos por separado a voto popular 22
54. Cuando un referéndum jurídicamente vinculante se refiera a una pregunta de principio o a una propuesta con formulación general, depende del Parlamento implementar la decisión del pueblo. El órgano legislativo puede obstruir, particularmente cuando sus intereses directos se ven afectados (al reducir el número de sus miembros o
sus salarios, por ejemplo). Es preferible, por lo tanto, que los referendos sobre peguntas de principios o de propuestas con formulación general, sean consultivos. Si son jurídicamente vinculantes, el proceso subsecuente, debe estar previsto en normas específicas constitucionales o legislativas. Debe ser posible apelar ante los tribunales en el caso de que el Parlamento falle en su actuar (punto III.8.b)
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El Mito del Votante Racional: Por qué las Democracias Escogen Malas Políticas es un libro del 2007 escrito por Bryan Caplan en el que desafía la noción de que los votantes son personas razonables en los cuales la sociedad puede confiar para crear leyes. Más bien, Caplan sostiene que los votantes son irracionales en la esfera política y tienen ideas sistemáticamente sesgadas acerca de la economía.
https://es.wikipedia.org/wiki/El_mito_del_votante_racional