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las cláusulas sociales en la contratación pública

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#FraudeRSC Yurena, Serunion y las cláusulas sociales en la contratación pública

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24 de abril 2016, EQUIPO Activismo AGORA

En todo manual de RSC que se precie, la legitimidad social o la “licencia para operar” aparece como uno de los motores o business case de la Responsabilidad Social Corporativa.
Así uno de los instrumentos más publicitados en materia de RSC, el Pacto Mundial, ha sido utilizado, como han confesado en privado algunos Directores de RSC de grandes empresas, como fuente de legitimidad social para penetrar en determinados mercados, y a la vista de los informes de progreso –o la ausencia de ellos- de muchos de los firmantes, parece que aquellas palabras no iban muy descaminadas.
Las cláusulas sociales en la contratación pública, constituyen sin duda, una de las grandes esperanzas para hacer avanzar la sostenibilidad en las organizaciones y aportarán esa fuente de legitimidad social real de la que hoy todavía carece la RSC.
Su aplicación no estará sin embargo, exenta de dificultades. Y sus principales retos descansarán en:
  • La capacitación de los técnicos de los Administraciones Públicas en su aplicación, distinguiendo aquellas entidades que presentan registros y niveles de desempeño aceptables frente a las que exhiben un listado de certificaciones y políticas más o menos documentadas de marketing,
  • La homogeneidad de criterios de las certificaciones y unos requisitos mínimos a las entidades certificadores, estableciendo un terreno de juego común y la valoración de las certificaciones como un complemento a políticas de RSC y no como elementos que discriminen per se a unas entidades frente a otras,
  • La transparencia en los portales de las Administraciones públicas,
  • La labor de escrutinio de la sociedad civil, especialmente atenta a las prácticas locales de políticos, empresas, fundaciones y otras entidades, ejerciendo un control, una labor de contraste entre la RSC declarada por las organizaciones y la RSC real.

Caso contrario, las cláusulas sociales serán un coladeropor donde entren todo tipo de empresas y organizaciones con una mínima publicidad de RSC pero con mala praxis a sus espaldas puedan entrar en los mercados públicos y acumular adjudicación tras otra.

Un caso que nos ha llamado recientemente la atención ha sido el de Yurena y SERUNION, un caso donde se mezclan el rigor de las nuevas relaciones laborales derivadas de la reciente reforma laboral, la situación de precariedad de una trabajadora de la empresa SERUNION, la acción civil en defensa de la trabajadora y la del propio alcalde del pueblo, y sobre todo, la aptitud y la elegibilidad de una multinacional del Catering, para hacerse adjudicataria de numerosos contratos públicos.
Yurena, era una trabajadora del Albergue Municipal de Santa Cruz de Tenerife, víctima de violencia de género y trabajadora a media jornada en el albergue, que percibía 400 euros por su trabajo. A principios del mes de abril, saltaba la noticia a la prensa, al ser despedida a través de un despido disciplinario, supuestamente por sustraer 150 gr. De queso y tres panecillos para dar de comer a sus hijas. Sobre las circunstancias del caso podéis ver más detalles aquí.  https://plataformadignidad.wordpress.com/2016/04/03/denunciamos-a-la-empresa-serunion-por-el-despido-improcedente-y-el-linchamiento-publico-de-yurena-trabajadora-del-albergue-municipal-de-santa-cruz/
Los comunicados de SERUNION, socio de Forética, no aparecen en su web corporativa a fecha de 24 de abril, con lo que parece no querer mencionar este caso. Tampoco hemos encontrado referencias en las redes sociales sobre los comunicados de SERUNION. Pero hemos querido indagar un poco más ¿Cuál es la política de RSC de la empresa? Mientras, en su web, la empresa comenta su política de RSC:
Nuestra responsabilidad
Comprometidos con la sociedad y el medio ambiente nos esforzamos en ir más allá a la hora de ofrecer un servicio de restauración. La preocupación por el medio ambiente, el crecimiento sostenible o la implicación con proyectos solidarios y ONGs son algunos de los ejes de nuestra política de responsabilidad social corporativa.
Además, nos enumera sus tres compromisos de desarrollo sostenible:
Una empresa responsable. Con particular atención a la salud de los consumidores y al impacto de nuestras actividades en el medio ambiente, desde Serunión velamos por una mejor nutrición de la población y por la reducción de la huella ecológica de nuestras actividades.
Un empleador comprometido. Dar una oportunidad a cada persona, desarrollar las competencias y fomentar las trayectorias profesionales son los tres vectores de la estrategia de recursos humanos desplegada en el Grupo.
Un socio implicado. Las relaciones duraderas con nuestros proveedores y la implicación de nuestros comensales son las bases sobre las que construimos nuestro negocio.
Y ésta es una relación de algunas denuncias que acapara esta empresa en Redes sociales. En todos ellos nos encontramos ejemplos de malas prácticas de la empresa Serunión:

Lo importante de este caso, indudablemente es el trato humano y laboral a la trabajadora, y si miramos a largo plazo, un tema fundamental para la Responsabilidad Social Corporativa:
¿Deberían tenerse en cuenta estas malas prácticas a la hora de considerar la elegibilidad para las licitaciones y subvenciones públicas?
El sentido de incluir cláusulas sociales en las licitaciones públicas supone considerar que la contratación pública no es sólo una vía para proveerse de bienes o servicios sino que es una herramienta para el cumplimiento de políticas públicas destinadas al bien común.
Las cláusulas sociales incorporan al proceso de licitación filtros no relacionados con el coste del producto y/o servicio sino con las buenas prácticas en gestión de personas, calidad, medioambiente, transparencia, compliance… Esto significa que tendrán oportunidad de conseguir el contrato aquellas empresas u organizaciones que demuestren que en el desarrollo de su actividad y en su gestión cumplen con dichos criterios.

El quid de la cuestión está en analizar qué evidencias solicita la Administración Pública para comprobar que dichas empresas u organizaciones cumplen de verdad con los criterios sociales y medioambientales solicitados en las licitaciones. Desde AGORA entendemos que no sólo debiera valer decir que se practica, por ejemplo, una gestión ética de personas presentando documentos varios, certificaciones o memorias de RSC, sino que es necesario investigar si eso que han dicho,  se cumple.

Por otra parte, ¿deberían las asociaciones de la RSC a las que pertenecen muchas de estas empresas hacer de evaluadores de estos comportamientos? ¿No tienen códigos éticos ni comités para investigar estas malas prácticas? Si su objetivo es promover buenas prácticas, -previo pago de importantes cuotas- ¿no deberían actuar cuando se detectan, denuncian o salen a la luz estos comportamientos? HARIAN BIEN PARA LA CAUSA DE LA RSC.
En la actualidad es cada vez más fácil triangular información, y cuando una empresa aparece en la red vinculada a múltiples denuncias en distintos “negociados” algo está pasando. Tomando las relaciones laborales, las buenas intenciones plasmadas en webs corporativas, notas de prensa, memorias de sostenibilidad o RSC… se quedan en nada cuando se profundiza en la práctica diaria y salen a la luz casos de altas en la seguridad social por cuatro horas y se trabajan diez, altas en categorías laborales que nada tienen que ver con el trabajo desarrollado, despidos de mujeres embarazadas, situaciones de brecha salarial…
Nos encontramos con empresas que se benefician del dinero público y que en el día a día de su gestión y en el desarrollo de esos contratos están incumpliendo todos aquellos criterios. Al igual que a las grandes corporaciones les afecta en su reputación las malas praxis e incumplimientos de sus proveedores y muchas de ellas están haciendo un esfuerzo para que su cadena de suministro mejore en los cumplimientos sociales, de DDHH y medioambientales, a la Administración Pública también le debería pasar factura otorgar contrataciones públicas a empresas que evidencian con su actividad un impacto negativo en la sociedad, en las personas y en el medioambiente.

http://www.agorarsc.org/fraudersc/
M. Pilar Batet
1 day ago
Hola. Las Administraciones Públicas deben valorar los aspectos sociales de conformidad con lo dispuesto en los pliegos, para acreditar los criterios sociales se deben comprobar los certificados correspondientes (discapacidad, situación de exclusión legal), altas en la empresa, planes de igualdad, de conciliación familiar, etc, certificados y documentos presentados/aprobados oficialmente. Tal y como se dice en el post, no son validas las declaraciones de intenciones o un buen marketing. Es cierto que todavía se están aplicando muy poco este tipo de cláusulas, falta mucho por hacer, pero estamos en el camino.
Sin embargo, una mala prensa y algunas denuncias sin condena firme tampoco pueden ser tenidas en cuenta negativamente para ser adjudicatarios de contratos, iría en contra del principio de presunción de inocencia y del principio de objetividad, discriminación, etc.

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