Federalismo y nacionalismo en España
El vínculo nacional general es compatible con los vínculos nacionales territoriales
Las relaciones entre el nacionalismo y el federalismo son difíciles , aunque se cuente con la proximidad del federalismo a la variedad territorial y se acepte que el nacionalismo se identificará mejor con aquellas formas políticas que asuman la descentralización y la valoración del autogobierno. Admitamos sobre todo el pluralismo de esas ideas que nos permiten entender el estado autonómico como una forma federativa y reconocer que hay nacionalistas que, sin dimitir del nombre, aceptan diferir en el tiempo la consecución del estado propio e incluso sustituir la independencia por la autonomía. Por eso, en España ha habido nacionalistas no independentistas, como era el caso de muchos catalanistas, comenzando por Prat de la Riba, y de inumerables foralistas, ejemplificados en la generación del cincuenta del pasado siglo que integraban los Azaola, Arteche, Caro y Mitxelena, entre otros.
Ocurre que la justificación del federalismo se puede llevar a cabo ponderando su capacidad para tratar institucionalmente las tensiones identitarias o subrayando sus superiores cualidades democráticas, en cuanto se acerca la toma de decisiones a los ciudadanos y se incrementa el rendimiento del gobierno, más eficiente si es próximo o permite ensayos de políticas y de equipos en el nivel territorial. Sin duda el federalismo es más exitoso como forma democrática que como tratamiento del seccionalismo identitario. Además, la conjugación del nacionalismo y el federalismo tiene dificultades para llevarse a cabo, sea por las trabas que plantea el nacionalismo a su integración en una forma política que no sea exclusivamente propia; o por la frecuente inclinación en la federación de las tendencias centrípetas a ahogar el pluralismo territorial.
Con todo, el nacionalismo puede aceptar el federalismo en la medida en que le interesa una cierta simbología del federalismo. En el Estado federal se reconoce a los entes integrantes la condición de Estados, aunque no lo son soberanos, y estos Estados operan como una especie de anticipo de las estructuras políticas plenas. Persisten, en cualquier caso, las dificultades, llamémoslas espirituales, del nacionalismo para aceptar el sistema federal, pues al nacionalismo, tambien al grande del Estado, le cuesta entender la complejidad de la forma federal, reacia a la emotividad y carácter salvífico que se atribuye a la soberanía como ideal político.
¿Qué es lo que ocurre entonces? Que la aceptación por el nacionalismo del federalismo, siempre es una aceptación equívoca y táctica. En realidad los nacionalistas, cuando hablan de federalismo, entienden por tal el confederalismo, aunque el confederalismo no solo no es federalismo, es obvio, sino que es lo contrario, diríamos, al federalismo. Los nacionalistas admiten el nacionalismo solo condicionalmente, a la espera, en fin, de una ocasión en la que plantear la reivindicación de la independencia.
El señalar en el plano teórico las dificultades de convivencia del nacionalismo con el federalismo, no significa ignorar, en el plano de la realidad, especialmente de nuestro sitema autonómico, dos cosas. Primero, el éxito notable de integración que ha llevado a cabo la fórmula de juntura de la democracia constitucional española que ha dado un razonable acomodo a las demandas nacionalistas más perentorias y sentidas en la comunidades territoriales significadas identitariamente, esto es, autogobierno y reconocimiento nacional; y que ha logrado superar los desafíos al ordenamiento que suponen los planteamientos de autodeterminación, claramente en el caso de Ibarretxe y seguramente en el caso de Mas, a través de los instrumentos ordinarios constitucionales. De manera que la respuesta del Estado autonómico al nacionalismo ha sido matizada: cabe el nacionalismo no soberanista y no cabe el nacionalismo independentista, mientras no se reforme el sistema institucional.También son posibles compatibilades nacionalistas formuladas en términos razonables: el vínculo nacional general, siempre que no se entienda en sentido exclusivista, es compatible con los vículos nacionales territoriales, entendidos a su vez de manera no excluyente.
De otro lado, en segundo lugar, hay que reconocer que la contribución de las Comunidades en las que prepondera el nacionalismo ha sido positiva para nuestro sistema de descentralización: si tenemos una autonomía en serio en muy buena medida es debido a a las exigencias de los gobiernos nacionalistas, que han conseguido un nivel de poder propio que, con razón, los territorios sin pulsiones nacionalistas también han reclamado.
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Juan José Solozábal es catedrático de Derecho Constitucional UAM.
https://elpais.com/elpais/2015/06/24/opinion/1435157256_754114.html
Expertos juristas plantean una reforma federal de la Constitución
Los catedráticos proponen fijar las competencias estatales y reorganizar el Senado con el modelo alemán o austriaco
Reeditado 2017
Una decena de catedráticos de Derecho Constitucional y Administrativo, coordinados por Santiago Muñoz Machado, propuso ayer reformar la Constitución de 1978 y poner al día el modelo territorial español aplicando “técnicas del federalismo” vigentes otros países europeos. Los expertos, que actúan por iniciativa propia ante la crisis catalana, plantean que los Estatutos de Autonomía dejen de ser leyes orgánicas y, por tanto, no sean aprobados por las Cortes. También proponen fijar con claridad las competencias estatales en la Carta Magna y reorganizar el Senado a semejanza del modelo alemán o austríaco.
La crisis independentista catalana se convertido en la manifestación más extrema, pero no la única, de la “fatiga de materiales” que aqueja a la Constitución Española de 1978, y es “urgente” reformar el modelo territorial que esta consagra. Los juristas coordinados por Muñoz Machado, catedrático de Derecho Administrativo de la Complutense, se han reunido durante cuatro meses para redactar un documento titulado Ideas para una reforma de la Constitución, que se presentó este lunes en la Real Academia de Ciencias Morales y Políticas. Los expertos proponen aplicar las “técnicas y soluciones” federales a la actual configuración autonómica.
El documento niega que la reforma “pueda hacerse pensando solo en Cataluña”, defiende la aplicación del artículo 155 de la Constitución contra el desafío secesionista y rechaza que los “grupos que han apoyado la intentona independentista” puedan ser los interlocutores exclusivos de este proceso. Pese a ello, el manifiesto incluye un capítulo dedicado a Cataluña. En él, se recoge la sugerencia, defendida por “algunos miembros del grupo”, de incorporar a la Constitución una nueva Disposición Adicional que establezca un “régimen jurídico singular” para esa comunidad y una “relación bilateral” con el Estado, siempre con el acuerdo del resto de comunidades y para aquellas cuestiones que no afecten al conjunto.
El “voluntariado cívico” de este grupo de juristas, coordinados por Santiago Muñoz Machado, catedrático de Derecho Administrativo de la Complutense de Madrid deriva de su preocupación por la “situación crítica” que vive España por el desafío independentista catalán. Según su diagnóstico, la “parálisis o incapacidad” de los partidos para reformar la Constitución “pone en peligro el propio sistema político”, y solo una reforma que afronte los problemas del actual sistema autonómico en su conjunto permitirá encauzar la situación de Cataluña.
Cinco de los firmantes —Eliseo Aja, Francesc de Carreras, Enric Fossas, Victor Ferreres y Joaquín Tornos— pertenecen a universidades catalanas. El resto de los catedráticos ejercen en Andalucía —Ana Carmona (Universidad de Sevilla) y José Antonio Montilla (Granada)—, el País Vasco (Alberto López Basaguren) y la Complutense de Madrid (Javier García Roca).
Estos juristas defienden la necesidad de abrir un “tiempo de reformas”, en el que de forma paulatina y sucesiva se pueda incorporar a la Constitución una “cláusula europea” en el que se aclare que la norma española es compatible con la normativa comunitaria; se suprima la prevalencia del hombre sobre la mujer en la sucesión a la Corona o se reconozca la garantía de ciertos derechos sociales. Sin embargo, lo que consideran “urgente” y “prioritario” en este momento es la reforma que permita “construir un modelo territorial sólido que haga más difícil su deslegitimación”.
Aunque los juristas no quieren “dar excesiva importancia al término”, reconocen que la reforma “deberá hacerse en la línea de los sistemas federales”. Los juristas plantea acabar con la doble condición de los Estatutos como “norma institucional básica” de la comunidad y, al mismo tiempo, ley orgánica que debe ser aprobada por las Cortes. “Sería conveniente configurar al Estatuto como el equivalente a las constituciones de los territorios en los sistemas federales; subordinado, obviamente, a la Constitución”. Según este criterio, los Estatutos solo deberían ser aprobados por el Parlamento autonómico.
Competencias blindadas
El escrito defiende remodelar por entero el régimen de distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas, cuyo carácter inconcreto ha terminado convirtiendo al Tribunal Constitucional en el árbitro de ese reparto. Los firmantes se inclinan por que la Constitución fije claramente las competencias del Estado y deje las autonómicas a lo que establezca cada Estatuto.
La parte troncal del documento se centra en la necesidad de reforzar los mecanismos para que las Comunidades Autónomas participen en las decisiones del Estado y en la Unión Europea. El papel del Senado debería cambiar radicalmente. El modelo preferido es del del Bundesrat alemán, cuyos miembros son designados por los Gobiernos de los länder. También se sugiere el modelo austríaco, donde los parlamentos regionales nombran a los parlamentarios de la Cámara alta.
Los académicos defienden que la Constitución incluya normas fundamentales sobre financiación autonómica. Estas deben conjugar criterios de solidaridad con la atribución de los recursos según las capacidades de ingreso de las regiones
Los firmantes reclaman a los partidos que emprendan el diálogo reformista que, según ellos, debería haberse iniciado en 2010 tras la sentencia del Tribunal Constitucional que anuló una serie de artículos del Estatuto de Autonomía catalán de 2006.
Este diálogo, defienden, debe producirse en el Congreso y estar liderado por el Gobierno. “Se trata de buscar un nuevo marco de autogobierno que sea sometido a referéndum tanto en Cataluña como en el conjunto de España”, a través de la revisión del Estatuto de Autonomía y de la propia Constitución. Los redactores del documento rechazan la idea de que una reforma constitucional deba lograr un consenso similar al obtenido en su día en las Cortes constituyentes, donde votaron afirmativamente 325 de los 350 diputados. Los catedráticos recuerdan que las propias mayorías que recoge la Carta Magna —tres quintos o dos tercios de la Cámara, según los casos— “son las únicas mayorías vinculantes”.
Consulta en PDF el documento completo Ideas para una reforma de la Constitución:
https://elpais.com/politica/2017/11/20/actualidad/1511206935_296549.html
https://elpais.com/politica/2017/11/20/actualidad/1511206935_296549.html
https://www.facebook.com/Reforma-Federal-285415581568875/