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Sentencia alemana y Catalunya, una de cal y otra de arena para el proceso

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1.La Justicia alemana niega a España juzgar a Carles Puigdemont por rebelión

La Justicia alemana no extraditará a España a Carles Puigdemont por el delito de rebelión y tampoco es seguro que lo haga por el de malversación de fondos públicos. Mientras se analiza este último extremo, el ex presidenten prisión provisional desde el pasado 25 de marzo en el penal de Neumünster, queda en liberad bajo fianza de 75.000 euros.
Con estas decisiones, la Audiencia Territorial del estado federado de Schleswig-Holstein vertió este jueves un enorme jarro de agua fría sobre la investigación realizada por el juez del Tribunal SupremoPablo Llarena, que había llegado a Alemania en forma de euroorden para que la Justicia de este país entregara al ex president por el delito en el que el magistrado español ha centrado toda la instrucción del proceso soberanista: la rebelión.
"Nos vemos mañana. Muchas gracias a todos", escribía Puigdemont a última hora de la noche en Twitter, en la cuenta que manejan sus colaboradores desde su ingreso en la cárcel de Neumünster, recinto que probablemente dejará este viernes, dado que su entorno aseguró que ya ha pagado la fianza. El líder soberanista estará obligado a presentarse una vez a la semana ante el juez y a no abandonar suelo alemán mientras dure el proceso.
Puigdemont ya ha recibido varias ofertas de acogida, todas ellas de personas defensoras de los derechos políticos que creen que se violan en España. Una de las últimas procede de un vicario jubilado amigo de la cantante punk Nina Hagen.
Es un éxito para nuestro cliente, que siempre expresó su confianza en la Justicia alemana", indicó Till Dunckel, portavoz de los abogados alemanes que se han hecho cargo de la defensa del líder secesionista, Wolfgang Schomburg y Sören Schomburg.
Ante las puertas de la cárcel de Neumünster, un único simpatizante independentista, Eduard Alonso, vecino de Gerona, expresaba ante los medios de comunicación su alegría por la resolución judicial. Hasta descorchó una botella de espumoso alemán que guardaba en su furgoneta desde que llegó a esa ciudad, el viernes de la semana pasada, para seguir los acontecimientos.
La fundamentación de la Audiencia Territorial de Schleswig-Holstein para rechazar la entrega de Puigdemont por el delito de rebelión estaba contenida en el comunicado que emitió por sorpresa a media tarde su oficina de prensa. Ahí se explicaba que la Sala Primera de lo Penal ha considerado, tras analizar la petición del juez español, que la imputación del delito de rebelión esgrimido en su euroorden es "inadmisible" de acuerdo con el Código Penal alemán.
El motivo es que la Sala alemana no aprecia que en el proceso soberanista se haya ejercido una "violencia" o "amenaza de violencia" suficiente como para que el delito de rebelión que se le imputa en España tenga correspondencia con el de alta traición que rige en el país germano.
En su argumentación, los jueces sostienen que el Tribunal Supremo alemán sólo acepta como violencia la que es capaz de doblegar la voluntad de los órganos constitucionales. Es decir, la que logra sus objetivos. En el caso de Puigdemont, el máximo tribunal de Schleswig-Holstein sostiene que, aun siendo instigador del referéndum ilegal de 1 de octubre y corresponsable de los actos de violencia que se han registrado en el procés, éstos no han sido capaces o suficientes para hacer claudicar el orden constitucional.
Así, "por motivos jurídicos" no puede aceptarse una extradición por rebelión, ya que "los actos que se le imputan no serían punibles en Alemania según la legislación vigente aquí", recoge el comunicado de la Audiencia de Schleswig-Holstein.
Esto contradice la tesis que había sostenido la Fiscalía alemana, que en representación de España había defendido ante el tribunal que procedía la entrega del ex presidente de la Generalitat en los términos solicitados por el juez Llarena.
La decisión impide al Supremo juzgar a Puigdemont por rebelión si Alemania no lo entrega por ese delito, según la legislación sobre la euroorden.
Quizá el único consuelo para el Estado de Derecho español sea la consideración que hace la Audiencia alemana de que el ex president no es víctima de persecución política alguna.
Una de cal y otra de arena de un tribunal regional que deja en mala posición al Supremo español y a las autoridades de Interior que supuestamente esperaron al momento más favorable para la detención de Puigdemont en el extranjero.
Eliminada la posibilidad de una extradición a España por rebelión, la Audiencia decretó la libertad bajo fianza para el ex president, con el argumento de que "la huida de suelo alemán es menos tentadora" en estos momentos.
Queda por dilucidar si hay equivalencia entre los delitos de malversación de fondos públicos y corrupción. Para la Fiscalía, el costo de la preparación y ejecución del referendo ilegal fue de 1,6 millones de euros. La respuesta de los abogados de Puigdemont a esa acusación es que la organización de una consulta popular cuesta dinero y que es imposible determinar si esa cantidad procedió enteramente de las arcas públicas o fueron donaciones privadas.
  •  http://www.elmundo.es/espana/2018/04/05/5ac6555d468aeb98608b45ac.html

 

Independencia de Cataluña

2.Schleswig-Holsteinisches Oberlandesgericht erlässt Auslieferungshaftbefehl gegen Carles Puigdemont wegen Veruntreuung und setzt den Vollzug des Auslieferungshaftbefehls aus

Datum05.04.2018
Schleswig-Holsteinisches Oberlandesgericht erlässt Auslieferungshaftbefehl gegen Carles Puigdemont wegen Veruntreuung und setzt den Vollzug des Auslieferungshaftbefehls aus.
Der I. Strafsenat des Schleswig-Holsteinischen Oberlandesgerichts hat heute auf Antrag des Generalstaatsanwalts gegen Carles Puigdemont Auslieferungshaft und gleichzeitig Haftverschonung unter Auflagen angeordnet.
Der I. Strafsenat ist der Auffassung, dass sich hinsichtlich des Vorwurfs der „Rebellion“ die Auslieferung als von vornherein unzulässig erweist.
Etwas anderes gelte für den Vorwurf der „Korruption“ in Form der Untreue. Insoweit erweise sich die Auslieferung nicht als von vornherein unzulässig.
Anhaltspunkte dafür, dass Carles Puigdemont der Gefahr politischer Verfolgung im Sinne des § 6 Abs. 2 IRG ausgesetzt sein könnte, sind – so der Senat – nicht ersichtlich.
Zu den Auflagen der Haftverschonung gehört unter anderem die Zahlung einer Sicherheit in Höhe von 75.000 €.
Zur Begründung heißt es u.a.:
Eine Auslieferung des Verfolgten wegen des Straftatbestands der Rebellion gemäß Art. 472 Abs. 5 und 7 des spanischen Strafgesetzbuches komme aus Rechtsgründen nicht in Betracht. Das dem Verfolgten zur Last gelegte Verhalten wäre in der Bundesrepublik Deutschland nach hier geltendem Recht nicht strafbar. Der in Betracht kommende Straftatbestand des Hochverrats sei nicht erfüllt, weil es an dem Merkmal der „Gewalt“ fehle. Nach den vom Bundesgerichtshof in einem vergleichbaren Fall aufgestellten Grundsätzen reiche es für die Verwirklichung des Gewaltbegriffs nicht aus, dass ein Täter Gewalt androht oder anwendet, um ein Verfassungsorgan zu einem erstrebten Handeln zu veranlassen. Erforderlich sei vielmehr, dass von der gegenüber Dritten ausgeübten Gewalt ein derartiger Druck auf das Verfassungsorgan ausgehe, der geeignet ist, den entgegenstehenden Willen des Verfassungsorgans zu beugen. Das sei hier nicht der Fall. Zwar seien dem Verfolgten als Initiator und Verfechter der Umsetzung des Referendums die am Wahltag stattgefundenen Gewalttätigkeiten zuzurechnen. Diese seien nach Art, Umfang und Wirkung jedoch nicht geeignet gewesen, die Regierung derart unter Druck zu setzen, dass sie sich „zur Kapitulation vor der Forderung der Gewalttäter“ gezwungen gesehen hätte.

Eine Auslieferung wegen des Vorwurfs der Veruntreuung öffentlicher Gelder gemäß Art. 432, 252 des spanischen Strafgesetzbuches erscheine demgegenüber jedenfalls nicht von vornherein unzulässig. Insoweit seien noch weitere tatsächliche Umstände zu klären und weitere Informationen einzuholen.

Anhaltspunkte dafür, dass der Verfolgte im Falle seiner Auslieferung der Gefahr politischer Verfolgung im Sinne des § 6 Abs. 2 IRG ausgesetzt sein könnte, seien nicht ersichtlich. Dem Verfolgten werde mit der Veruntreuung öffentlichen Gelder eine konkrete, auch nach deutschem Recht als Untreue strafbare Handlung zur Last gelegt, nicht seine politische Gesinnung.

Der Haftgrund der Fluchtgefahr liege vor. Da aber eine Auslieferung wegen des Vorwurfs der „Rebellion“ unzulässig sei, sei die Fluchtgefahr deutlich herabgemildert. Weniger einschneidende Maßnahmen als der Vollzug der Auslieferungshaft reichten zur Sicherung des Auslieferungsverfahrens aus.
Pressestelle des Schleswig-Holsteinischen 
Oberlandesgerichts
Frauke Holmer
Richterin am Oberlandesgericht
Pressesprecherin
Gottorfstraße 2
24837 Schleswig
frauke.holmer@olg.landsh.de
Tel.: 04621/86-1328

https://www.schleswig-holstein.de/DE/Justiz/OLG/Presse/PI/201803Puigdemontdeutsch.html

"Compara, el tribunal del land, una ocupación violenta de las pistas de un aeropuerto que tenía la finalidad de impedir que la instalación se ampliara, con los actos de violencia que se pudieron producir en Cataluña con la finalidad de declarar la independencia. No tiene en cuenta que en un caso se trata de la actuación de un grupo particular y en el otro de la actuación de instituciones públicas que, además son Estado (el presidente de una Comunidad Autónoma es el representante ordinario del Estado en la Comunidad). No tiene en cuenta, tampoco, que el delito imputable en cada caso no puede ser el mismo (es absurdo considerar rebelión o alta traición la ocupación de pistas de un aeropuerto para impedir su ampliación), por lo que el grado de violencia necesario en cada caso tampoco tiene por qué ser medido de la misma manera.
Se trata de "medir el grado de violencia". No cuestiona, el tribunal alemán, que no haya habido violencia, pero necesita más violencia. ¿Hasta qué punto?
Pues, según su interpretación, tiene que tener un resultado: doblegar la voluntad y la actuación del violentado. Es decir, que, en el caso alemán se hubiera tenido que conseguir que no se ampliara el aeropuerto y en nuestro caso se hubiera tenido que consumar la rebelión.
Anécdota: el tribunal del land alemán parece que no ha entendido bien las imputaciones que pesan sobre Puigdemont, no conoce la estructura territorial española ni denomina correctamente a los órganos judiciales en su auto (espero que no sea un problema de traducción, que también podría darse...). Así, asevera que se le imputan los delitos de rebelión y malversación "en forma de desobediencia" (sic.), cosa que no tiene, jurídicamente, ni pies ni cabeza. Por otra parte, habla del "prolongado conflicto, en términos generales, en torno al estatus legal de Cataluña en relación con el Estado central español", lo cual es sorprendente en boca de un tribunal. Y se refiere al "Tribunal Supremo de Madrid" cuando nunca hemos tenido un Tribunal Supremo "de Madrid", sino un Tribunal Supremo de España.ç" TF


3.Alemania frena el separatismo

El Constitucional rechaza la celebración de un referéndum independentista en Baviera


El Tribunal Constitucional alemán ha desestimado el recurso presentado por el pro independentista Partido de Baviera para la celebración de un referendo de independencia en ese estado federado en tanto que "los Länder carecen en la Carta Magna alemana de espacios para procesos secesionistas".
"En la República Federal de Alemania como Estado nacional la soberanía recae en el pueblo alemán, por lo que estados federados no son los dueños de la Constitución", recoge la Sala II del TC en un dictamen fechado el 16 de diciembre y dado a conocer ayer.
Añade que "en la Carta Magna no hay espacio para procesos secesionistas en estados federados individuales" y subraya que cualquier proceso en esa dirección viola el orden constitucional.
Con este dictamen, sin derecho a recurso, el TC alemán da por resuelta una demanda del independentista partido bávaro, que pretendía celebrar en Baviera una consulta popular sobre independencia excluyendo de la misma al resto de los "Länder" y de los alemanes.
"La independencia de Baviera no la decidirá un tribunal sino el pueblo bávaro" ha sido la respuesta vía Facebook del líder del Partido de Baviera, Florian Weber, a una decisión que dijo "era de esperar porque cuando uno quiere drenar el pantano no se pregunta a las ranas".
El movimiento independentista bávaro tiene una larga tradición pero es residual. Su mayor éxito electoral en décadas fue en las elecciones municipales de 2013, en las que el Partido de Baviera cosechó un 2,1% del escrutinio, quedándose con ello fuera de las instituciones. Una ausencia que le hace igualmente invisible en el gran debate político, centrado en estos momentos en cómo reforzar el Estado ante los retos en seguridad que planea el terrorismo o en las elecciones generales del próximo septiembre.
Baviera es el segundo estado federado más poblado de Alemania, uno de los más ricos y el que posiblemente más proyecte a nivel internacional la imagen y tópicos de Alemania, desde la feria de la cerveza, la Oktoberfest, o el codillo y las salchichas, hasta la industria automovilística con sello BMW.
De mayoría católica y gobernada por la Unión Cristianodemócrata (CSU), partido hermanado con la Unión Cristianodemócrata (CDU) de Angela Merkel, Baviera fue uno de los territorios más ricos e influyentes durante el Imperio Romano. Fue reino independiente en el siglo XIX antes de incorporarse a la Alemania unificada en 1879, decisión política y militar que no gustó a todos los bávaros, pues muchos se sentían mas cercanos a la Austria católica que la Prusia protestante. Los intentos por abandonar Alemania continuaron durante décadas sin ningún éxito.
Tras la Primera Guerra Mundial algunos sectores plantearon la posibilidad de instaurar una República Soviética de Baviera, y a mediados de los años veinte del siglo pasado, nacionalistas bávaros amenazaron con declarar la independencia de Baviera y restaurar la monarquía. Al concluir la Segunda Guerra Mundial, volvieron a surgir voces a favor de la independencia pero Baviera renovó votos con la República Federal.
En los últimos años, alimentados por otros movimientos independentistas europeos, fundamentalmente en España y Reino Unido, el Partido de Baviera ha intentado colarse en la agenda política aunque no enarbolando identidad o historia propia sino hartazgo en financiar a los estados federados alemanes más pobres y deficitarios, y a una Unión Europea en crisis permanente.
La crisis de los refugiados, cuyos efectos han sido especialmente tangibles en Baviera por ser este estado federado una de las principales puertas de entrada a Alemania, ha colmado el pequeño vaso de un movimiento que, siguiendo el modelo del Brexit aboga por un Baviexit.
"Los mapas no se hacen para la eternidad y ahí esta Letonia, Lituania y Estonia. Quien iba a decir hace 25 años que serían libres", sostiene el Wilfried Scharnagl, autor del libro Baviera también puede lograrlo sola, en el que arguye a favor de la independencia de Baviera como resultado casi natural del poder económico y significado político alcanzado.
Pero la discusión sobre una eventual independencia de Baviera no pasa de ser un tema de salón. Según una encuesta realizada en 2009 -la última- sólo el 23% de los bávaros votaría a favor de la independencia en un referendo que el TC no permitiría por inconstitucional.
http://www.elmundo.es/internacional/2017/01/04/586d60a8e5fdeaa51e8b460e.html

4.El Tribunal Constitucional alemán niega a Baviera un referéndum independentista

https://www.elperiodico.com/es/politica/20170104/tribunal-constitucional-alemania-referendum-independencia-baviera-5726056

El Tribunal Constitucional alemán ha dictaminado que el 'land' de Baviera no tiene derecho a celebrar un referéndum de independencia porque su secesión vulneraría la Ley Fundamental de Alemania. Los magistrados emitieron el pasado lunes una providencia de inadmisión a raíz de la petición de un ciudadano bávaro que había preguntado a la máxima instancia judicial germana si sería legal la convocatoria de una consulta de autodeterminación.

"En la República Federal de Alemania, que es un Estado-nación basado en el poder constituyente del pueblo alemán, los estados no son dueños de la constitución. Por lo tanto, no hay espacio bajo la Constitución para que los estados individuales intenten separarse. Esto viola el orden constitucional", sostiene el dictamen del alto tribunal germano.
Pese a esta resolución, el Partido de Baviera, principal formación independentista bávara (aunque minoritaria, pues obtuvo el 2 % de los votos en las últimas elecciones regionales y no cuenta con representación parlamentaria), ha asegurado en Facebook que seguirá luchando por la secesión del estado. "La lucha por la independencia de Baviera no será decidida por un tribunal, sino más bien por la voluntad de los bávaros", ha afirmado el líder del partido, Florian Weber.

CARTA MAGNA DE 1949

Según recuerda el diario 'Frankfurter Allgemeine Zeitung', la expresión "dueños de la Constitución" fue utilizada por la Corte Constitucional de Baviera ya en 1991 ante las aspiraciones del Partido de Baviera. Esta fuerza reclamaba que se reconociera la autonomía de Baviera como estado al considerar que, tras la reunificación de Alemania, la Constitución aprobada en 1949 había cumplido ya su función como ley fundamental "provisional".
La Corte bávara recordó entonces que Baviera no era un estado independiente en 1949, por lo que si no se había adherido a la República Federal, tampoco podía abandonarla.

 

El dictamen judicial advierte de que la Ley Fundamental impide a los 'länder' separarse de Alemania


 


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