Según ha explicado a Teknautas el socio del despacho de abogados Abanlex, Pablo Fernández Burgueño, "si una empresa española usa, por ejemplo, un widget de Twitter en su página web o ha subido a su perfil fotografías en las que aparezcan personas identificables, podrá solicitar la autorización del Director de la Agencia Española de Protección de Datos. Para ello tendrá que presentar antes del 29 de enero un escrito de solicitud, el contrato empresa-Twitter firmado por ambas partes y una traducción jurada al español, y poderes suficientes de los firmantes, además de la correspondiente traducción jurada al español".
El próximo 29 de enero la Agencia iniciará un procedimiento contra aquellas empresas que no se hayan adaptado a la nueva normativa para suspender temporalmente sus transferencias.
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