Millo,el delegado del gobierno en Catalunya, pide disculpas
http://www.lavanguardia.com/politica/20171006/431825261070/enric-millo-disculpas-1-o-golpes.html
El Sindicato Unificado de Policía (SUP), en nombre de los otros cuatro CEP, UFP, SPP y ASP, ha anunciado que solicitarán la dimisión del delegado del Gobierno. A su juicio, su actuación “fue ajustada a derecho como en otros cientos de ocasiones”. Añaden que si hubo cargas fue por la “inacción” de los Mossos d’Esquadra y por la falta de anticipación en las órdenes recibidas para cumplir con el mandato judicial de precintar los centros de votación.
http://www.lavanguardia.com/politica/20171006/431830730462/sindicatos-policiales-piden-millo-dimita-pedir-perdon-cargas-1o.html
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http://politica.e-noticies.es/santi-vila-suplica-ahora-un-alto-el-fuego-112939.html
http://www.lavanguardia.com/politica/20171006/431822521378/mossos-cerraron-colegios-1-o-policia-guardia-civil.html
Millo: “Cuando sé que ha habido gente que ha recibido golpes sólo puedo pedir disculpas”
- El delegado del Gobierno dice ser “el único en Catalunya que está intentando que esto se arregle”
“Cuando sé que ha habido gente que ha recibido golpes sólo puedo pedir disculpas”. El delegado del Gobierno en Catalunya, Enric Millo, ha pedido disculpas por los golpes que recibieron muchos ciudadanos catalanes que el pasado domingo trataron de defender los colegios electorales del referéndum del 1-O. Pero ha defendido a capa y espada la actuación policial amparada en la orden judicial del Tribunal Superio de Justicia de Catalunya (TSJC).
En declaraciones a TV3, Millo ha asegurado estar “muy triste” con lo sucedido el 1-O, y ha lamentado “profundamente” que se haya llegado a esta situación. Aunque ha deseado “que se pueda reconducir”, ha acusado al Govern de la Generalitat por el hecho de no haber encontrado respuesta por su parte para “impedir donde hemos llegado”.
“De los 2,2 millones de personas que el domingo intentaron votar, hay quien sufrió una lesión o un golpe. Lo lamento”,
En este sentido, aunque ha admitido que resulta dificilísimo recobrar las relaciones institucionales, ha asegurado que seguirá intentando que haya diálogo, un diálogo que en ningún caso puede tener la condición ni la voluntad de plantear un referéndum acordado, ha dicho. En este punto, ha asegurado ser “el único en Catalunya que está intentando que esto se arregle”.
“De los 2,2 millones de personas que el domingo intentaron votar, hay quien sufrió una lesión o un golpe. Lo lamento”, ha dicho. A pesar de haberse disculpado por los golpes que dio la Policía y la Guardia Civil el pasado domingo durante el operativo contra el 1-O, el delegado del Gobierno ha defendido la acción policial amparada por la orden judicial, una acción de la que ha responsabilizado al Govern de la Generalitat, a quien reclamó poco antes del domingo que reconvirtiera el referéndum en una gran manifestación.Puigdemont no quiso, ante lo cual se ha preguntado: “¿Quién anima a la gente a ir a un sitio cuando la ley dice que es ilegal?”.
¡¿”Quieren declarar la independencia y que no pase nada. Se han vuelto locos?!
A renglón seguido, ha criticado a los altos mandos de los Mossos por su actuación en esa jornada. Ha exculpado a los agentes, de quien incluso ha asegurado haber recibido “muchas llamadas” declarándose “avergonzados”. Para Millo, los Mossos hicieron lo que les mandaron, de manera que “se puso la política por encima del criterio profesional”.
“Lamento lo que pasó (la violencia), no habría tenido que pasar”, ha dicho, pero también ha reprochado que “se han organizado 107 actos contra la Policía española y la Guardia Civil”, algo que le parece “inaceptable”, e incluso “en algunas escuelas se ha hablado mal a niños por ser hijos de guardias civiles”.
La impresión del dirigente es que se está “generando odio” y que es “lo peor que puede pasar en una sociedad”, por eso ha reclamado a las autoridades catalanas que “deje de instigar al odio”. En este punto, ha aclamado: ¡¿”Quieren declarar la independencia y que no pase nada. Se han vuelto locos?!
El Sindicato Unificado de Policía (SUP), en nombre de los otros cuatro CEP, UFP, SPP y ASP, ha anunciado que solicitarán la dimisión del delegado del Gobierno. A su juicio, su actuación “fue ajustada a derecho como en otros cientos de ocasiones”. Añaden que si hubo cargas fue por la “inacción” de los Mossos d’Esquadra y por la falta de anticipación en las órdenes recibidas para cumplir con el mandato judicial de precintar los centros de votación.
http://www.lavanguardia.com/politica/20171006/431830730462/sindicatos-policiales-piden-millo-dimita-pedir-perdon-cargas-1o.html
La proporcionalidad policial el 1 de octubre.
Una de las polémicas que ha generado lo acontecido en Cataluña el pasado 1 de octubre es si hubo una actuación proporcionada de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado al pretender dar cumplimiento a medidas vinculadas a la prohibición de celebración de una consulta para la que la Comunidad Autónoma catalana carece, como ha declarado el Tribunal Constitucional, de competencia.
Para empezar, y para evitar ya conclusiones precipitadas y sin que ello sea consuelo alguno, no está de más tener presente que episodios de actuaciones desproporcionadas los han protagonizado todo tipo de cuerpos policiales; también los Mossos y la Guardia Urbana de Barcelona (recuérdese el desalojo, el 27 de mayo de 2011, de Plaça de Catalunya, con 121 heridos), las policías de Alemania, Italia, Francia (con alguna condena del Tribunal Europeo de Derechos Humanos), Rusia o Turquía (en estos casos con diversas condenas de ese mismo Tribunal).
La exigencia de proporcionalidad en cualquier actuación policial, estatal o autonómica, está prevista de manera expresa en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, cuyo artículo 5.2.c) establece que “en el ejercicio de sus funciones deberán actuar con la decisión necesaria, y sin demora cuando de ello dependa evitar un daño grave, inmediato e irreparable; rigiéndose al hacerlo por los principios de congruencia, oportunidad y proporcionalidad en la utilización de los medios a su alcance”.
Parece claro, pues, que por la importantísima y difícil función constitucional que cumplen –“tendrán como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana” (artículo 104.1 de la Constitución)-, quienes integran las fuerzas y cuerpos de seguridad están legitimados para el uso de la fuerza y deben obrar con decisión y rapidez pero, y precisamente porque son profesionales y en un Estado de derecho el fin no justifica los medios, actuando de forma congruente, oportuna y proporcional: es obvio que no tienen que “convencer” con métodos dialécticos a un presunto agresor o a quien está destrozando el mobiliario urbano para que deponga su actitud pero también lo es que no deben moler a palos a quien ha cometido una infracción administrativa o un delito no violento -mucho menos a quien no ha hecho nada- y es que la “eficacia en la persecución del delito [o de las infracciones administrativas], cuya legitimidad es incuestionable, no puede imponerse, sin embargo, a costa de los derechos y libertades fundamentales” (STC 341/1993, de 18 de noviembre, FJ 8).
¿Y qué es lo que deben hacer las fuerzas y cuerpos de seguridad cuando un grupo numeroso de personas impiden su entrada para dar cumplimiento a una orden judicial de desahucio o a otra que les requiere para que se incauten los medios que se están utilizando para realizar una consulta que no está amparada por el ordenamiento jurídico? Con arreglo a su Ley Orgánica deben actuar sin demora “cuando de ello dependa evitar un daño grave, inmediato e irreparable” pero esa rapidez no estará justificada en todo caso y a toda costa si el daño que se pretende evitar es de otra naturaleza; no parece que demorarse o, incluso, no llevar a cabo la incautación de urnas y papeletas provocara un daño grave, inmediato e irreparable y, de hecho, en la mayoría de los “colegios electorales” no se produjo la incautación, quizá porque se entendió por quienes estaban al mando o ejecutaban la operación policial que no era “oportuno” hacer tal cosa mientras concurrieran determinadas condiciones o porque llevarlo a cabo a todo costa podría exigir la aplicación de medidas “desproporcionadas”, con riesgo para la integridad física de los ciudadanos allí concentrados y de la propia policía.
La clave, o una de ellas, está entonces en delimitar en qué consiste la “proporcionalidad” de una actuación policial ante concentraciones como las que se produjeron el 1 de octubre y ello exige, a su vez, tener en cuenta, como ha reiterado el Tribunal Supremo (sentencias de 30 de abril de 1987, 6 de febrero de 1991, 16 de octubre de 1991,…), el comportamiento de los concentrados, su permanencia en esa situación y la forma de reaccionar frente a las fuerzas de seguridad. En consecuencia, la intervención policial no debe ser igual ante unos concentrados que reaccionan de manera violenta y atacan a los agentes que ante otros que están sentados y su resistencia es meramente pasiva.
En definitiva, la proporcionalidad consiste en que actuaciones policiales dirigidas al ejercicio de un deber o en defensa de derechos no generen un daño superior al bien que pretenden tutelar. En esta línea, en un reciente asunto –Lashmankin y otros c. Rusia, de 7 de febrero de 2017-, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó al Estado demandado por las actuaciones desproporcionadas de sus fuerzas de seguridad -disolución, arresto de algunos de los asistentes, …- ante concentraciones pacíficas, y la condena a Rusia se produjo a pesar de que las manifestaciones habían sido declaradas contrarias a derecho por los tribunales nacionales.
Por tanto, el hecho de que una concentración no sea “legal” no quiere decir que se pueda disolver de manera automática y a cualquier precio. Tampoco significa que si una reunión es contraria a Derecho “no pase nada”: si supone una vulneración de la Ley Orgánica reguladora del derecho de reunión o de la Ley Orgánica de protección de la seguridad ciudadana se podrá abrir un expediente administrativo sancionador que puede desembocar en multas extraordinariamente cuantiosas.
A la vista de las imágenes, al menos de muchas de ellas, de lo ocurrido el 1 de octubre parece, desde un punto de vista técnico-jurídico, que buena parte de la actuación policial fue proporcionada pero también se pueden detectar varios casos en los que no hubo esa debida proporción, por lo que habría que exigir las correspondientes responsabilidades.
https://presnolinera.wordpress.com/2017/10/04/la-proporcionalidad-policial-el-1-de-octubre/
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"Es que tendemos a confundir diálogo con concesiones. Y no es cierto. Hay veces que el diálogo consiste en exponer una situación que no beneficia a una parte, pero dando mecanismos de salida honrosa de una negociación que no les va a funcionar. Pura teoría de la negociación" Robert Fornes
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Hobbes ya escribió hace siglos: la guerra es consustancial al hombre y lo único capaz de pararla es la ley y la autoridad
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De todo se aprende, en cualquier acción policial deberían ir por trios, un GC, un PN y un Mosso. el balance fue 800 afectados, 8 heridos hospitalizados, de los cuales uno sigue a dia de hoy hospitalizado.Es violencia, pero no se puede considerar represion (delito tipificado, que hasta que no es juzgado, no se puede afirmar si es o no represión, se debe esperar la sentencia)
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El delegado del gobierno en Cataluña, Enric Millo, acaba de pedir perdón por las cargas policiales del pasado domingo día 1. Disculpas que han sido automáticamente aceptadas por el presidente de la ANC, Jordi Sánchez, incluso elogiando la capacidad del gobierno de reconocer el error. Por otro lado, el juez de Barcelona encargado de investigar las denuncias formuladas contra los antidisturbios, ha dicho lo siguiente:
“Si bien es cierto que los agentes se encontraban en el desarrollo de sus funciones y cumpliendo un mandato judicial, no debe evitarse el análisis de lo ocurrido para comprobar o descartar la proporcionalidad en el uso de la fuerza”, argumenta el juez, al tiempo que recuerda que, en todo caso, se trataría de delitos leves. Alega el magistrado que el hecho de que los agentes estuvieran cumpliendo con su deber, no significa que tengan “carta blanca”.
---“Si bien es cierto que los agentes se encontraban en el desarrollo de sus funciones y cumpliendo un mandato judicial, no debe evitarse el análisis de lo ocurrido para comprobar o descartar la proporcionalidad en el uso de la fuerza”, argumenta el juez, al tiempo que recuerda que, en todo caso, se trataría de delitos leves. Alega el magistrado que el hecho de que los agentes estuvieran cumpliendo con su deber, no significa que tengan “carta blanca”.
http://politica.e-noticies.es/santi-vila-suplica-ahora-un-alto-el-fuego-112939.html
http://www.lavanguardia.com/politica/20171006/431822521378/mossos-cerraron-colegios-1-o-policia-guardia-civil.html